# Depósito legal

*No da derechos sobre la obra: es la condición para poder distribuirla.*

El depósito legal es la obligación de entregar ejemplares de toda publicación distribuida en España para que se conserve en el patrimonio bibliográfico. La Ley 23/2011 la impone al editor, no al autor, y en un libro en papel son dos ejemplares. El número asignado debe imprimirse en la misma hoja que el ISBN, así que se pide antes de terminar la impresión.

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URL: https://comopublicarunlibro.com/glosario/deposito-legal
Publicado: 2026-06-30 · Actualizado: 2026-08-30
Autor: https://comopublicarunlibro.com/autores/jp-andersen
Publicación: Cómo Publicar un Libro · comopublicarunlibro.com
Licencia: CC BY 4.0, con atribución al dominio.

## Datos clave

- **Norma que lo regula:** Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal (fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-13114)
- **A quién obliga:** Al editor con domicilio, residencia o establecimiento permanente en territorio español; si el editor no reside ni tiene sucursal en España, al productor, impresor, estampador o grabador (fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-13114)
- **Ejemplares de un libro en papel:** 2 (fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-13114)
- **Término en inglés:** legal deposit

## Qué es el depósito legal

El depósito legal es la entrega obligatoria de ejemplares de lo que se publica
para que el Estado lo conserve. La Ley 23/2011 lo define como la institución
jurídica que permite a la Administración General del Estado y a las comunidades
autónomas recoger ejemplares de las publicaciones destinadas a su distribución o
comunicación pública para preservar el patrimonio bibliográfico. No otorga
derechos ni acredita autoría: los
[derechos de autor](/guia/derechos-de-autor) nacen con la obra, sin trámite.

La obligación recae en el **editor** con domicilio, residencia o establecimiento
permanente en territorio español, cualquiera que sea el lugar de impresión. Si
el editor no reside ni tiene sucursal en España, el depósito lo cumplimenta el
productor, impresor, estampador o grabador. Quien
[autopublica](/glosario/autopublicacion) es editor de su propio libro, así que
la obligación es suya.

De un libro en papel se depositan **dos ejemplares**, tanto de primeras
ediciones como de reediciones, y siempre antes de su distribución o venta: si el
depósito no se constituye, la obra no puede distribuirse. El número se solicita
antes de que termine la impresión, porque tiene que ir impreso dentro, en un
lugar visible y, en un libro, en la misma hoja que el [ISBN](/guia/isbn). Se compone de las siglas DL —o el equivalente que fije cada
comunidad autónoma—, la sigla de la oficina que lo expide, el número de
constitución y el año en cuatro cifras precedido de un guion. Cada edición lleva
el suyo, y una obra en varios volúmenes comparte uno solo.

## Sinónimos y término en inglés

«Depósito legal» no tiene sinónimo: es el nombre que le da la ley. En el trato
diario se abrevia a **DL**, que son además las siglas con las que la ley hace
empezar el número impreso. No hay que confundirlo con el
[depósito](/glosario/deposito) de la venta en librería:
allí depositar significa dejar ejemplares que la librería paga sólo si los
vende. En inglés es **legal deposit**.

## Dónde aparece

El depósito legal aparece al cerrar la edición, entre la maquetación y la
imprenta, y es de los pocos trámites del proceso con una fecha límite real. El
número va en la página de
créditos, no en el [colofón](/glosario/colofon), que va al final y es optativo.
La [impresión bajo demanda](/guia/impresion-bajo-demanda) está expresamente
dentro del alcance de la ley, salvo cuando la distribución es de ámbito
familiar. La guía de
[qué es el depósito legal y cómo se hace](/guia/deposito-legal) recorre el
trámite entero, oficina por oficina.

## Fuentes

- [Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-13114)
