# ¿Hay que declarar lo que gano con un libro?

*La retención se llevó su parte antes de que el dinero llegara, así que declarar es lo que cuadra la cuenta, y a menudo devuelve.*

Sí: lo que se cobra por un libro es renta y tributa en el IRPF desde el primer euro. Presentar declaración es otra cosa. Quien tiene un solo pagador no está obligado hasta 22.000 € anuales de rendimientos del trabajo, y el límite baja a 15.876 € cuando hay más de un pagador. Quien haya estado de alta como autónomo declara en todo caso.

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URL: https://comopublicarunlibro.com/preguntas/hay-que-declarar-lo-que-gano-con-un-libro
Publicado: 2025-09-11 · Actualizado: 2026-09-02
Autor: https://comopublicarunlibro.com/autores/jacobo-moreno
Publicación: Cómo Publicar un Libro · comopublicarunlibro.com
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## Datos clave

- **Límite para no tener que declarar con un solo pagador:** 22.000 € anuales de rendimientos íntegros del trabajo (fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764)
- **Límite cuando hay más de un pagador:** 15.876 € anuales, salvo que lo cobrado del segundo pagador y siguientes no pase de 1.500 €, en cuyo caso vuelven a ser 22.000 € (fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764)
- **Retención sobre los derechos de autor:** 15 %, o 7 % si los del año anterior fueron inferiores a 15.000 € y supusieron más del 75 % de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas (fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820)
- **Quién está obligado a declarar en todo caso:** Quien haya estado de alta como trabajador por cuenta propia en el RETA en cualquier momento del año (fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764)

## Tributar y declarar son dos cosas distintas, y la pregunta las junta

Todo lo que se cobra por un libro es renta y tributa en el IRPF desde el primer
euro: no existe un tramo de ingresos literarios invisible para Hacienda. Los
límites que se citan siempre —22.000 €, 15.876 €— no dicen a partir de cuánto
empieza a haber impuesto, sino a partir de cuánto hay obligación de presentar la
declaración.

La diferencia importa porque el impuesto se está pagando antes de declarar nada.
Sobre los derechos de autor el pagador practica por lo general una retención del
15 % y la ingresa a cuenta a nombre del autor, así que de una liquidación de
1.000 € de [regalías](/glosario/regalias) llegan 850 € y los 150 € restantes ya
están en el Tesoro. Declarar es la operación que cuadra esa cuenta al final del año, y a
menudo devuelve dinero.

## Los límites que te aplican dependen de en qué casilla cae lo que cobras

La ley trata de dos maneras distintas el dinero que da un libro, y la frontera
es quién explota la obra. Si cedes el derecho de explotación a otro —el caso de
un [contrato de edición](/guia/contrato-de-edicion)—, lo que cobras es
rendimiento del trabajo, y ahí valen los límites de 22.000 € con un pagador y de
15.876 € con más de uno, este último salvo que lo cobrado del segundo pagador y
siguientes no pase de 1.500 €.

Si eres tú quien ordena por cuenta propia los medios para producir y distribuir
el libro, que es lo que hace la [autopublicación](/glosario/autopublicacion), lo
que obtienes es rendimiento de actividad económica. Esos límites de 22.000 € y
15.876 € entonces no te sirven, porque son de rendimientos del trabajo, y sí
aplica el suelo conjunto de 1.000 € anuales. Y hay una regla que se lleva por
delante toda la aritmética: quien haya estado de alta como trabajador por cuenta
propia en el RETA en cualquier momento del año está obligado a declarar en todo
caso, gane lo que gane.

## El caso límite lo pone el pagador que no retiene

Cuando el pagador de un rendimiento del trabajo no está obligado a retener, el
límite para no declarar baja a 15.876 € aunque sea el único pagador que tengas.
Lo dice la letra c) del artículo 96 de la Ley del IRPF, junto a los otros dos
límites, y es la que se olvida: uno cuenta pagadores y no se pregunta si
retienen.

Ahí es donde conviene mirar de cerca lo que llega de una plataforma extranjera.
Lo que [paga Amazon por libro vendido](/preguntas/cuanto-paga-amazon-por-libro-vendido)
viene con una retención estadounidense del 30 % hasta que se aporta el número de
identificación fiscal, y ésa es de otro país: no adelanta nada del impuesto
español. Así que ese dinero puede llegar sin que se le haya descontado nada de
aquí, y conviene apartar su parte en vez de darlo por cobrado del todo.

## Qué hacer

Ordena lo del año antes de mirar ninguna cifra: quién te ha pagado, cuánto, y si
retuvo o no. Con eso puestos en fila, la respuesta cae sola por los límites de
arriba, y la duda que quede se resuelve con las liquidaciones en la mano, que
traen el bruto y la retención separados y llegan con el calendario que explica
[cada cuánto se liquidan las regalías](/preguntas/cada-cuanto-se-liquidan-las-regalias).

Si autopublicas y esto va a repetirse cada año, el asunto deja de ser una
casilla de la declaración y pasa a ser el alta como actividad económica, con sus
pagos fraccionados trimestrales —de los que se libran las actividades
profesionales cuyos ingresos fueron retenidos al menos en un 70 % el año
anterior—. Lo que hay al otro lado de la cuenta, en
[cuánto gana un escritor](/costes/cuanto-gana-un-escritor); el resto del
proceso, en [cómo publicar un libro](/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Y si sólo he vendido veinte ejemplares?

La ley pone un suelo por debajo del cual nadie tiene que declarar: 1.000 € anuales sumando rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas y ganancias patrimoniales, con pérdidas inferiores a 500 €. Veinte ejemplares no llegan ahí ni de lejos. Ese suelo es conjunto, así que cuenta con la nómina y el resto de rentas dentro, no sólo con el libro.

### ¿Las regalías llevan IVA?

No. La Ley del IVA declara exentos los servicios profesionales de los escritores, incluidos aquéllos cuya contraprestación consiste en derechos de autor, así que una liquidación de [regalías](/glosario/regalias) no lo lleva. El IRPF va por su cuenta y es un impuesto distinto: que no haya IVA no significa que no haya retención.

### ¿El anticipo se declara el año que se firma o el que se cobra?

Los rendimientos del trabajo se imputan al periodo impositivo en que sean exigibles por quien los percibe, y un [anticipo](/glosario/anticipo) suele serlo por tramos que el contrato fecha: a la firma, a la entrega del original, a la publicación. Cada tramo va al año en que se pudo exigir, aunque el ingreso se retrase.

### ¿Puedo descontar lo que me costó editar el libro?

Como rendimiento del trabajo, no. La ley enumera de forma cerrada los gastos deducibles —cotizaciones, cuotas de colegios profesionales, defensa jurídica frente a quien te paga hasta 300 € y 2.000 € en concepto de otros gastos— y la corrección o la portada no están en esa lista. En actividad económica el planteamiento es otro, porque ahí se deduce el gasto de la actividad.

### ¿Hay que declarar un premio literario?

Depende de si está exento, y la exención no la da el prestigio del certamen sino unos requisitos concretos: entre ellos, que quien lo concede no explote económicamente la obra premiada. Un premio cuya recompensa es publicar el libro no los cumple. El criterio entero está en [cómo sé si un concurso literario es fiable](/preguntas/como-se-si-un-concurso-literario-es-fiable).

### ¿Y si la editorial no me ha mandado ningún certificado?

El importe se declara igual. La retención la practica e ingresa el pagador, y lo que llega al autor es el neto, así que la falta del papel no borra el cobro ni cambia el importe que hay que declarar. Pídelo, y mientras tanto sirve la liquidación de regalías, que ya trae bruto y retención separados.

## Fuentes

- [Ley 35/2006 del IRPF, arts. 14, 17, 19, 27 y 96](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764)
- [Reglamento del IRPF (RD 439/2007), arts. 80 y 109](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820)
- [Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, art. 20.Uno.26.º](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740)
