# ¿Puedo traducir y publicar un libro ajeno?

*Quien escribió el libro no siempre es quien puede autorizarte: si los derechos de tu lengua ya están vendidos, la puerta es un departamento de derechos y el autor no puede abrirla.*

No sin autorización, salvo que la obra esté en dominio público. En la ley española traducir es transformar, y el derecho de transformación es exclusivo del autor: hace falta su permiso —o el de quien tenga cedidos los derechos para esa lengua— antes de traducir y antes de publicar. La traducción resultante sí es tuya, pero explotarla sigue dependiendo de esa autorización.

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URL: https://comopublicarunlibro.com/preguntas/puedo-traducir-y-publicar-un-libro-ajeno
Publicado: 2026-05-11 · Actualizado: 2026-09-04
Autor: https://comopublicarunlibro.com/autores/jp-andersen
Publicación: Cómo Publicar un Libro · comopublicarunlibro.com
Licencia: CC BY 4.0, con atribución al dominio.

## Datos clave

- **Qué permiso hace falta para traducir un libro protegido:** El del autor: la traducción es una modalidad del derecho de transformación, que le corresponde en exclusiva y no puede ejercerse sin su autorización (arts. 17 y 21 de la Ley de Propiedad Intelectual) (fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-8930)
- **De quién es la traducción una vez hecha:** Del traductor, que es su autor; el autor del original conserva el derecho de autorizar la explotación de ese resultado durante todo el plazo de protección (art. 21.2) (fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-8930)
- **Qué puede reclamar el titular si traduces sin permiso:** El cese de la actividad ilícita y una indemnización que, a su elección, puede fijarse en los beneficios que hayas obtenido con la explotación (arts. 138 y 140) (fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-8930)
- **Qué exige Amazon para un clásico que ya está gratis en su tienda:** Sólo acepta versiones diferenciadas, y una traducción original cuenta como tal si el título lleva «(Traducido)» y el campo de colaboradores nombra al traductor y al autor original (fuente: https://kdp.amazon.com/es_ES/help/topic/G200743940)

## La ley llama transformación a traducir, y transformar sin permiso infringe igual que copiar

Traducir un libro ajeno es un acto de explotación de la obra de otro, no un
trabajo propio sobre un texto que estaba ahí. La ley española define la
transformación como «su traducción, adaptación y cualquier otra modificación en
su forma de la que se derive una obra diferente», y la coloca entre los derechos
que corresponden al autor en exclusiva y que no pueden realizarse sin su
autorización, salvo en los casos que la propia ley prevé. Fuera de España el
punto de partida es el mismo: el Convenio de
Berna reconoce a los autores el derecho exclusivo de hacer y de autorizar la
traducción de sus obras mientras duren sus derechos sobre el original.

Lo que desconcierta es que la traducción sí es tuya. Las traducciones son obras
derivadas y su autoría corresponde a quien las firma, de modo que un libro
traducido arrastra dos capas de derechos: la del autor original y la del
traductor. Traducir sin permiso no te quita la autoría de tu texto; lo que te
quita es la posibilidad de explotarlo, porque el autor del original conserva el
derecho de autorizar la explotación de ese resultado durante todo el plazo de
protección. Si el titular actúa, puede pedir el cese de la actividad y una
indemnización que, a su elección, se mide por los beneficios que hayas obtenido:
el trabajo hecho no se convierte en un derecho adquirido.

## El caso límite: el original está libre y la traducción que tienes delante, no

Un clásico en [dominio público](/glosario/dominio-publico) puede traducirse sin
pedir permiso a nadie, pero la traducción moderna con la que lo estás leyendo es
una obra viva y ajena. Es el error más caro de esta pregunta, porque parece
resuelto: el original de un novelista del XIX está libre, y la versión castellana
que tienes encima de la mesa puede ser de anteayer y durar lo que dure el plazo
de quien la firmó. Traducir desde esa versión, o publicarla retocada, infringe
aunque el original esté libre. Lo que está en dominio público es el texto en su
lengua, no cualquier versión suya.

La plataforma añade su propia condición. Amazon acepta contenido de dominio
público, pero si el título ya está disponible gratis en su tienda sólo admite
versiones diferenciadas, y una traducción original es una de las formas que
admite, junto a la edición anotada y la ilustrada. Esa vía obliga a marcar
«(Traducido)» en el campo de título y a declarar en colaboradores tanto al
traductor como al autor original. Traducir un clásico, por tanto, no necesita el
permiso de nadie, pero sí cumplir las condiciones de la tienda donde vayas a
venderlo.

## Qué hacer

Empieza por situar el libro en el tiempo antes de escribir una sola línea. Si el
autor ya ha fallecido, comprueba el plazo con la regla que le toque
—[cuánto duran los derechos de autor](/preguntas/cuanto-duran-los-derechos-de-autor)
tiene los cuatro casos y la excepción de los fallecidos antes de diciembre de
1987— y, si ha entrado en dominio público, traduce y publica: la obra derivada
será tuya.

Si el autor está vivo o el plazo sigue corriendo, la pregunta útil no es si
puedes traducirlo, sino quién tiene esa lengua. Escribe al departamento de
derechos de la editorial original o al agente, di qué lengua y qué territorio
quieres y para qué formato, y espera un contrato: la
[cesión](/glosario/cesion-de-derechos) queda limitada al derecho, la modalidad,
el tiempo y el territorio que se pacten, así que un permiso sin esos cuatro
datos no sirve. Traducir primero y preguntar después es la secuencia que
convierte meses de trabajo en un texto que no puedes publicar, y aparte está
[lo que cuesta encargar la traducción](/preguntas/cuanto-cuesta-traducir-un-libro),
que no cambia por tener el permiso o no tenerlo. El mapa entero, desde los
[derechos de autor](/guia/derechos-de-autor) hasta la venta, está en
[cómo publicar un libro](/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Basta con que el autor me diga que sí por correo?

Es el punto de partida, pero la ley pide más: toda cesión de derechos de explotación debe formalizarse por escrito, y si el cesionario no lo hace tras un requerimiento fehaciente, el autor puede optar por resolver el contrato. Un «adelante» informal no delimita qué lengua, qué territorio ni cuánto tiempo, que es justo lo que hay que dejar cerrado.

### ¿Y si la traduzco gratis, sin ánimo de lucro?

Sigue haciendo falta la autorización. El derecho de transformación es exclusivo del autor en cualquier forma, y la ley no lo condiciona a que quien traduce cobre o no. Regalar la traducción, colgarla en un blog o repartirla en un foro son actos de explotación igual que venderla.

### ¿A quién pido el permiso, al autor o a su editorial?

Depende de qué se haya cedido, y por eso la primera pregunta no es «¿me dejas?» sino «¿quién tiene esta lengua?». Un autor con [agente literario](/glosario/agente-literario) suele haber dejado los [derechos de traducción](/glosario/derechos-de-traduccion) en sus manos, y un autor con editorial puede haberlos cedido en el contrato. La cesión queda limitada a lo expresamente pactado, así que la respuesta está en un papel concreto.

### ¿Puedo traducirlo con una herramienta automática?

El permiso hace falta igual, porque la herramienta no cambia de quién es el original. Y añade una obligación aparte en las plataformas: Amazon pide declarar las traducciones generadas por IA al publicar o al reeditar, con el detalle en [hay que declarar el uso de IA](/preguntas/hay-que-declarar-el-uso-de-ia).

### Si aquí está en dominio público, ¿puedo venderla en cualquier país?

No conviene darlo por hecho. El Convenio de Berna dice que el plazo se rige por la legislación del país donde se reclama la protección, y añade que, salvo que esa legislación disponga otra cosa, no excederá del fijado en el país de origen de la obra. La cuenta se hace en cada mercado donde vayas a vender, con las reglas de [cuánto duran los derechos de autor](/preguntas/cuanto-duran-los-derechos-de-autor).

## Fuentes

- [Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (RDL 1/1996), arts. 11, 17, 21, 43, 45, 138 y 140](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-8930)
- [Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, arts. 7 y 8](https://www.wipo.int/wipolex/en/text/283698)
- [KDP: publicación de títulos de dominio público](https://kdp.amazon.com/es_ES/help/topic/G200743940)
