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Depósito legal

No da derechos sobre la obra: es la condición para poder distribuirla.

El depósito legal es la obligación de entregar ejemplares de toda publicación distribuida en España para que se conserve en el patrimonio bibliográfico. La Ley 23/2011 la impone al editor, no al autor, y en un libro en papel son dos ejemplares. El número asignado debe imprimirse en la misma hoja que el ISBN, así que se pide antes de terminar la impresión.

El depósito legal es la entrega obligatoria de ejemplares de lo que se publica para que el Estado lo conserve. La Ley 23/2011 lo define como la institución jurídica que permite a la Administración General del Estado y a las comunidades autónomas recoger ejemplares de las publicaciones destinadas a su distribución o comunicación pública para preservar el patrimonio bibliográfico. No otorga derechos ni acredita autoría: los derechos de autor nacen con la obra, sin trámite.

La obligación recae en el editor con domicilio, residencia o establecimiento permanente en territorio español, cualquiera que sea el lugar de impresión. Si el editor no reside ni tiene sucursal en España, el depósito lo cumplimenta el productor, impresor, estampador o grabador. Quien autopublica es editor de su propio libro, así que la obligación es suya.

De un libro en papel se depositan dos ejemplares, tanto de primeras ediciones como de reediciones, y siempre antes de su distribución o venta: si el depósito no se constituye, la obra no puede distribuirse. El número se solicita antes de que termine la impresión, porque tiene que ir impreso dentro, en un lugar visible y, en un libro, en la misma hoja que el ISBN. Se compone de las siglas DL —o el equivalente que fije cada comunidad autónoma—, la sigla de la oficina que lo expide, el número de constitución y el año en cuatro cifras precedido de un guion. Cada edición lleva el suyo, y una obra en varios volúmenes comparte uno solo.

Sinónimos y término en inglés

«Depósito legal» no tiene sinónimo: es el nombre que le da la ley. En el trato diario se abrevia a DL, que son además las siglas con las que la ley hace empezar el número impreso. No hay que confundirlo con el depósito de la venta en librería: allí depositar significa dejar ejemplares que la librería paga sólo si los vende. En inglés es legal deposit.

Dónde aparece

El depósito legal aparece al cerrar la edición, entre la maquetación y la imprenta, y es de los pocos trámites del proceso con una fecha límite real. El número va en la página de créditos, no en el colofón, que va al final y es optativo. La impresión bajo demanda está expresamente dentro del alcance de la ley, salvo cuando la distribución es de ámbito familiar. La guía de qué es el depósito legal y cómo se hace recorre el trámite entero, oficina por oficina.

Fuentes

  1. Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal

Por JP Andersen, edición