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¿Hay que declarar que un libro se escribió con IA?

La traducción automática de tu propio libro cuenta como contenido generado, y el capítulo que reescribiste entero a mano sigue contando.

Al publicar en Amazon KDP hay que declarar el contenido generado por IA —el texto, las imágenes o las traducciones creados por una herramienta de IA—, y no hay que declarar el contenido asistido por IA, el que escribes tú y la IA revisa, pule o corrige. La declaración se hace en el formulario, al publicar el libro o al editarlo después.

La línea no está en si usaste IA, sino en quién creó lo publicado

KDP parte el asunto en dos categorías y sólo obliga a declarar una. Contenido generado por IA es el texto, las imágenes o las traducciones creados por una herramienta de IA. Contenido asistido por IA es el que creas tú y luego la herramienta edita, pule, corrige o mejora, y ése no hay que declararlo.

La consecuencia práctica es que los cambios que hagas después sobre un texto generado no lo reclasifican. Reescribir a mano un capítulo que salió entero de una máquina no lo convierte en asistido, porque la categoría mira el origen y no el acabado. Y en el otro sentido pasa lo mismo: un manuscrito tuyo que la IA repasa de arriba abajo sigue siendo asistido por mucho que haya cambiado.

El caso límite es la traducción, y pilla a quien no la considera escritura

Una traducción hecha con una herramienta de IA es contenido generado, aunque el libro original lo hayas escrito tú entero y a mano. La definición de KDP nombra las traducciones junto al texto y las imágenes, así que la edición inglesa de tu novela española entra en la casilla que hay que declarar aunque la novela no entre.

Es un punto fácil de pasar por alto, porque traducir no se vive como escribir: se vive como un trámite entre dos versiones del mismo libro. Para la política de la tienda es texto nuevo creado por una máquina. Lo mismo vale para la cubierta generada con una herramienta de imagen, que cuenta aunque el libro sea tuyo hasta la última coma.

Lo que fija la ley de propiedad intelectual no es un deber de avisar, sino quién puede ser autor

El texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual define al autor como «la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica», y ahí está el asunto de fondo que la casilla del formulario no resuelve. La misma ley hace nacer la propiedad intelectual «por el solo hecho de su creación» y protege las «creaciones originales» expresadas por cualquier medio.

Puestas en fila, las tres piezas dicen que lo que está en juego no es un deber de avisar, sino si hay autor y si hay obra protegible. Por eso la titularidad de lo puramente generado no está resuelta igual en todos los países, y por eso declararlo en la tienda no zanja nada sobre tus derechos de autor: son dos preguntas distintas que la misma palabra, «IA», hace parecer una sola.

Qué hacer

Separa tu libro en piezas —texto, traducción, cubierta— y pregúntate de cada una quién la creó, no quién la retocó. Las que salieran de una herramienta se declaran al publicar o al reeditar; las que escribiste tú y la máquina sólo repasó, no.

Si en algún momento tienes que sostener que el texto es tuyo, lo que sirve no es la casilla sino el rastro de haberlo escrito: eso está en cómo demuestro que un texto es mío y en cómo registro los derechos. El resto del proceso, en cómo publicar un libro.

Preguntas frecuentes

¿Se ve en la ficha del libro que lo declaré?
La política de KDP no lo dice. Describe qué hay que declarar y cuándo, pero no qué hace la tienda con esa respuesta después, así que conviene no dar por hecho ni que se publica ni que se queda dentro. Si esa diferencia te importa para decidir, hoy no hay respuesta escrita en la que apoyarse.
¿Qué pasa si no lo declaro?
Estarías incumpliendo las pautas de contenido de la tienda. KDP sitúa en los autores y editores la responsabilidad de cumplirlas y de que todo el contenido generado o asistido por IA se ajuste a ellas, así que la casilla no es un trámite suelto del formulario sino la forma de cumplir con esa responsabilidad.
¿Tengo que imprimirlo en la página de créditos o en el colofón?
Lo que la tienda pide se rellena en el formulario de publicación, no en las páginas del libro. Escribirlo además en el [colofón](/glosario/colofon) es una decisión editorial tuya, y hay autores que la toman por transparencia con el lector, no por obligación.
¿Cuenta la portada generada con IA?
Sí. La definición de KDP incluye las imágenes, no sólo el texto, y eso alcanza a la ilustración de cubierta y a las de interior. Cómo afecta eso al encargo y qué queda sin resolver cuando la imagen la genera una máquina está en [diseño de portada](/guia/diseno-de-portada).
¿Y si la IA sólo me ayudó a documentarme o a buscar ideas?
Eso es contenido asistido. KDP cuenta expresamente entre los usos asistidos el de generar ideas mientras eres tú quien crea el texto o las imágenes finales, y ese caso no hay que declararlo.
¿Cambia algo si publico con una editorial en vez de autopublicar?
Cambia quién rellena el formulario, porque en [autopublicación](/glosario/autopublicacion) lo rellenas tú y con editorial lo rellena el editor, pero no cambia quién responde de la obra. El contrato se firma sobre una obra de la que declaras ser autor, y la ley española reserva esa condición a la persona natural que la crea. Los detalles del acuerdo, en [contrato de edición](/guia/contrato-de-edicion).

Fuentes

  1. KDP: pautas de contenido y declaración de contenido generado por IA
  2. Real Decreto Legislativo 1/1996, texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (texto consolidado)

Por JP Andersen, edición