Tributar y declarar son dos cosas distintas, y la pregunta las junta
Todo lo que se cobra por un libro es renta y tributa en el IRPF desde el primer euro: no existe un tramo de ingresos literarios invisible para Hacienda. Los límites que se citan siempre —22.000 €, 15.876 €— no dicen a partir de cuánto empieza a haber impuesto, sino a partir de cuánto hay obligación de presentar la declaración.
La diferencia importa porque el impuesto se está pagando antes de declarar nada. Sobre los derechos de autor el pagador practica por lo general una retención del 15 % y la ingresa a cuenta a nombre del autor, así que de una liquidación de 1.000 € de regalías llegan 850 € y los 150 € restantes ya están en el Tesoro. Declarar es la operación que cuadra esa cuenta al final del año, y a menudo devuelve dinero.
Los límites que te aplican dependen de en qué casilla cae lo que cobras
La ley trata de dos maneras distintas el dinero que da un libro, y la frontera es quién explota la obra. Si cedes el derecho de explotación a otro —el caso de un contrato de edición—, lo que cobras es rendimiento del trabajo, y ahí valen los límites de 22.000 € con un pagador y de 15.876 € con más de uno, este último salvo que lo cobrado del segundo pagador y siguientes no pase de 1.500 €.
Si eres tú quien ordena por cuenta propia los medios para producir y distribuir el libro, que es lo que hace la autopublicación, lo que obtienes es rendimiento de actividad económica. Esos límites de 22.000 € y 15.876 € entonces no te sirven, porque son de rendimientos del trabajo, y sí aplica el suelo conjunto de 1.000 € anuales. Y hay una regla que se lleva por delante toda la aritmética: quien haya estado de alta como trabajador por cuenta propia en el RETA en cualquier momento del año está obligado a declarar en todo caso, gane lo que gane.
El caso límite lo pone el pagador que no retiene
Cuando el pagador de un rendimiento del trabajo no está obligado a retener, el límite para no declarar baja a 15.876 € aunque sea el único pagador que tengas. Lo dice la letra c) del artículo 96 de la Ley del IRPF, junto a los otros dos límites, y es la que se olvida: uno cuenta pagadores y no se pregunta si retienen.
Ahí es donde conviene mirar de cerca lo que llega de una plataforma extranjera. Lo que paga Amazon por libro vendido viene con una retención estadounidense del 30 % hasta que se aporta el número de identificación fiscal, y ésa es de otro país: no adelanta nada del impuesto español. Así que ese dinero puede llegar sin que se le haya descontado nada de aquí, y conviene apartar su parte en vez de darlo por cobrado del todo.
Qué hacer
Ordena lo del año antes de mirar ninguna cifra: quién te ha pagado, cuánto, y si retuvo o no. Con eso puestos en fila, la respuesta cae sola por los límites de arriba, y la duda que quede se resuelve con las liquidaciones en la mano, que traen el bruto y la retención separados y llegan con el calendario que explica cada cuánto se liquidan las regalías.
Si autopublicas y esto va a repetirse cada año, el asunto deja de ser una casilla de la declaración y pasa a ser el alta como actividad económica, con sus pagos fraccionados trimestrales —de los que se libran las actividades profesionales cuyos ingresos fueron retenidos al menos en un 70 % el año anterior—. Lo que hay al otro lado de la cuenta, en cuánto gana un escritor; el resto del proceso, en cómo publicar un libro.