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¿Hace falta un depósito legal nuevo en cada edición?

El número que va impreso dentro no identifica tu libro, sino una edición concreta de tu libro.

En España, en 2026, sí: la Ley 23/2011 da a cada edición de una obra su propio número de depósito legal, y también a las ediciones paralelas en otro soporte. Una reimpresión sin cambios sigue siendo la misma edición y conserva el número; una reedición, con cambios en el contenido o en la presentación, necesita otro. Una obra en varios volúmenes lleva un solo número para todos.

Por , edición · Publicado · Actualizado · Ámbito: España

Cada edición lleva su número, y la ley dice qué es una edición

El número de depósito legal no identifica la obra sino una edición concreta de ella. El artículo 14 de la Ley 23/2011 lo dice en dos reglas seguidas: las ediciones paralelas en distintos soportes llevan su propio número, y si existe más de una edición de una misma obra, cada una lleva uno diferente. La excepción son las obras en varios volúmenes, que comparten un único número entre todos, sea cual sea su soporte.

Todo depende, por tanto, de qué cuenta como edición, y eso lo fija el artículo 3. Una edición son todos los ejemplares producidos sustancialmente desde el mismo original; una reedición, la que se distingue de las anteriores por algunas modificaciones en el contenido o en la presentación; y una edición paralela, el mismo contenido publicado en soportes distintos.

Caso por caso

Qué cambia ¿Número nuevo? Por qué
Nada: más ejemplares del mismo archivo No Es la misma edición (art. 3)
Texto revisado, prólogo añadido o cubierta nueva Sí Es una reedición (art. 3 y 14.4)
La obra sale en varios volúmenes No, uno para todos Art. 14.3.b
El mismo contenido en otro soporte tangible Sí, el suyo Es una edición paralela (art. 14.4)
El libro se difunde sólo en línea Sin número Lo recogen los centros de conservación

El número nuevo no es sólo un papel: va impreso en la misma hoja que el ISBN, así que una reedición pide pedirlo antes de cerrar la maquetación de la nueva versión, y depositar otra vez sus ejemplares.

Pedir número nuevo no borra el anterior. La edición vieja se queda en los centros de conservación con el suyo, porque una vez constituido el depósito la ley no deja retirar las obras depositadas por el solo hecho de no desear ya su comunicación pública: las dos versiones conviven en el patrimonio bibliográfico.

Qué hacer

Antes de mandar a imprenta una versión cambiada, decide si es una reimpresión o una reedición: si has tocado el texto o la presentación, es lo segundo y necesita número propio. Cuándo compensa declarar una edición nueva está en cómo actualizo un libro ya publicado, y el trámite para pedir el número, en cómo se hace el depósito legal. A quién obliga, qué publicaciones entran y qué pasa si no se hace están en la guía de depósito legal de un libro.

Preguntas frecuentes

¿Una reimpresión necesita número nuevo?
No, si es idéntica. La ley llama edición a todos los ejemplares producidos sustancialmente desde el mismo original, así que imprimir más ejemplares del mismo archivo no crea una edición distinta ni pide otro número.
¿El depósito legal caduca o hay que renovarlo?
No hay renovación: el depósito se constituye una vez, antes de distribuir, y ahí termina el trámite para esa edición. Lo único que genera un depósito nuevo es una edición nueva, no el paso del tiempo.
¿El ebook comparte número con la edición en papel?
No. Si se difunde en línea no lleva número, porque la ley exonera a sus editores de la gestión y lo recogen los centros de conservación, como explica si hay depósito legal para ebooks. Y una edición paralela del mismo contenido en otro soporte tangible lleva el suyo.
¿Dónde se ve el depósito legal de un libro?
En la página de créditos, junto al ISBN. La ley exige que el número figure en un lugar visible e identificable y, en un libro, en la misma hoja de impresión que el ISBN, así que cualquiera puede comprobar en dos segundos si una edición lo lleva.

Fuentes

  1. Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal (texto consolidado), arts. 3 y 14