Medio independiente para autores en español4 septiembre 2026
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¿Qué IVA lleva un libro?

El tipo del libro no se hereda hacia atrás: imprimir y encuadernar van al 4 %; corregir y maquetar, no.

Un libro tributa en España al 4 % de IVA, el tipo superreducido, tanto en papel como en electrónico: la Ley 37/1992 los grava igual desde el 23 de abril de 2020. Quedan fuera del 4 % las obras que consistan íntegra o predominantemente en vídeo o música audible y las que obtengan más del 90 % de sus ingresos de la publicidad.

Un presupuesto de servicios editoriales no se calcula al 4 %

El tipo del 4 % se aplica a la venta del libro y no se contagia a los servicios que un autor contrata mientras lo prepara. La regla general del impuesto es la contraria: el artículo 90 de la Ley 37/1992 exige el 21 % «salvo lo dispuesto en el artículo siguiente», y el artículo siguiente es la lista de lo que baja. Dentro de esa lista, junto a los libros, están las ejecuciones de obra cuyo resultado inmediato es obtener el libro —imprimirlo en pliego o en continuo, el fotolito, la encuadernación—, así que fabricar el ejemplar va al mismo tipo que el ejemplar.

Lo que no aparece en la lista es todo lo demás. La corrección, la maquetación y el diseño de cubierta son prestaciones de servicios como cualquier otra y se facturan al tipo general, así que un presupuesto de 1.200 € por maquetar no son 1.200 € sino 1.452 €. Contar con el 4 % en toda la cadena porque «el libro va al 4 %» desvía el coste de autopublicar justo en la parte que no se puede recortar después.

Lo que un autor cobra por su obra no lleva IVA; lo que vende, sí

La Ley 37/1992 declara exentos los servicios profesionales de escritores, colaboradores literarios y traductores, incluidos aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor. Por eso un novelista que factura un anticipo o una liquidación de regalías a su editorial emite una factura sin IVA: no es un olvido ni un privilegio, es el artículo 20 de la ley.

La misma persona, cuando se convierte en editora de sí misma, cambia de casilla. Vender ejemplares —en su web, en una feria, a una librería— no es prestar un servicio de autor: es entregar un bien, y ese bien es un libro, así que lleva el 4 %. La distinción no se decide por quién eres sino por qué haces en cada operación, y por eso conviven las dos en la misma actividad: exenta la cesión de derechos, gravada al 4 % la venta del ejemplar.

El caso límite: Canarias, Ceuta y Melilla

Un libro vendido en Canarias, Ceuta o Melilla no lleva IVA español, porque esos territorios quedan fuera del ámbito en el que se aplica el impuesto: la propia ley los excluye del «interior del país», Ceuta y Melilla por no estar en la unión aduanera y Canarias por quedar fuera de la armonización de los impuestos sobre el volumen de negocios. Lo que se paga allí es el impuesto indirecto propio de cada territorio —el IGIC en Canarias, el IPSI en Ceuta y Melilla—, con sus tipos y sus reglas.

Para quien autopublica esto aparece de golpe el día del primer pedido a Tenerife. El precio de portada sigue siendo el mismo, porque el precio fijo no depende del impuesto, pero la factura no se hace igual y el envío deja de ser un envío nacional a efectos fiscales. Conviene saberlo antes de anunciar envíos a toda España en la tienda propia.

Qué hacer

Descuenta el IVA lo primero, antes de cualquier margen, cada vez que hagas una cuenta con el precio de portada. Todos los porcentajes del canal —el del librero, el de la distribuidora, el de la plataforma— se calculan sobre la base sin impuestos, y hacerlos sobre la cifra de la cubierta infla en cada línea lo que crees que te queda, que en una edición entera es dinero de verdad. Cómo encaja ese descuento en el resto del cálculo está en poner precio a un libro, y la versión corta, en cómo pongo precio a mi libro.

Lo que no conviene resolver leyendo es tu situación como contribuyente: si hay que darse de alta, qué declaraciones tocan y si compensa deducir depende de cuánto vendas y por qué vía, y eso lo contesta un asesor con tus números delante. El proceso completo de publicar, desde el original hasta la mesa de novedades, está en cómo publicar un libro.

Preguntas frecuentes

¿El audiolibro lleva el 4 %?
La Ley 37/1992 no nombra el audiolibro en ninguna parte: lo que hace es dejar fuera del 4 % lo que consista íntegra o predominantemente en vídeo o música audible, y una obra leída en voz alta no encaja en esa descripción. Aun así, deducir un tipo impositivo de una redacción que no te nombra es exactamente lo que conviene confirmar antes de emitir la primera factura.
¿El precio impreso en la cubierta incluye el IVA?
Sí: el precio de venta al público es la cifra que paga el lector, con impuestos dentro. De un precio de portada de 18 €, la base imponible son 17,31 €, y sobre esa base —no sobre los 18 €— se calculan después todos los porcentajes del canal.
¿Y si el libro se vende con un CD, un mapa o un cuaderno?
Los elementos complementarios que se entregan junto al libro por un precio único van al mismo 4 %, con excepciones tasadas: un disco que sólo contenga música, o un vídeo con una película o una serie, deja de contar como complemento cuando su valor de mercado supera al del libro con el que se entrega. Las partituras, los mapas y los cuadernos de dibujo son caso aparte: la ley los mete en el 4 % por sí mismos, se vendan con un libro o sueltos, y deja fuera los artículos y aparatos electrónicos.
¿El precio que introduzco en Amazon lleva IVA?
No: en KDP se teclea un precio de lista sin IVA y la tienda añade después el impuesto del país del comprador, así que un precio de lista de 14,99 € se le muestra al lector español como 15,59 €. La regalía se calcula siempre sobre los 14,99 €.
¿Puedo deducirme el IVA de la corrección y la maquetación?
Sólo si haces operaciones que den derecho a deducir, y la exención de los derechos de autor no es una de ellas: el artículo 94 concede ese derecho a las operaciones sujetas y no exentas y a las exenciones de otros artículos, no a las del artículo 20. Quien únicamente factura derechos de autor soporta ese IVA como un coste más, así que el presupuesto de los servicios hay que mirarlo con el impuesto incluido.

Fuentes

  1. Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (arts. 3, 20, 90, 91 y 94)
  2. Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril: el libro electrónico pasa al 4 %

Por Pepe Iglesias, edición