Medio independiente para autores en español5 septiembre 2026
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Cómo publicar un libro en Perú

El número de depósito legal peruano se pide antes de imprimir, porque la ley obliga a que salga impreso dentro del libro. Es el trámite que hay que hacer primero y el único que no cuesta dinero.

Publicar un libro en Perú empieza en la Biblioteca Nacional, que asigna el ISBN por 37 soles y también el número de depósito legal, gratuito y anterior a la imprenta porque tiene que ir impreso en el libro. El depósito son cuatro ejemplares en papel, dentro de los noventa días hábiles siguientes al mes de edición. Registrar la obra en Indecopi es voluntario.

Qué es

Lo que define el caso peruano es que dos de los tres trámites se hacen en la misma casa. La Biblioteca Nacional del Perú es a la vez la agencia peruana del ISBN y el destino del depósito legal, de modo que el número identificador y la obligación de entregar ejemplares se resuelven con la misma institución. En las otras cinco fichas de esta sección no ocurre: en Argentina, Chile y Colombia el ISBN lo asigna la cámara del libro del país, en México lo asigna el Indautor y el depósito va a tres bibliotecas, y en España la agencia del ISBN es estatal y el depósito se tramita en la comunidad autónoma. Fuera de la Biblioteca Nacional queda el tercer trámite, el registro de la obra a nombre del autor, que lleva Indecopi y es voluntario.

El orden en que hay que hacerlos no lo decide quien publica. El número de registro del depósito legal se pide antes de imprimir o publicar la obra, porque después tiene que ir impreso dentro de ella: la Ley 31253 lo incluye entre los datos que toda publicación debe consignar, junto al título, el número de edición, el mes y año de edición, el autor, la razón social y el domicilio del editor y del impresor, y el tiraje —estos dos últimos no se exigen en un libro electrónico—. En eso Perú no es una excepción sino la norma de la región: en España el número de depósito legal se pide igualmente antes y se imprime en la página de créditos, y en Chile lo que la ley obliga a imprimir es el número del registro de propiedad intelectual. Lo que cambia de un país a otro no es si hay una línea que va en el libro, sino cuál.

La regulación de fondo va por otro camino, el tributario. La ley del libro peruana vigente —la 31893, de 2023— no impone obligaciones nuevas al autor: exonera del IGV la venta e importación de libros, crea un reintegro del IGV para las editoriales y exonera del impuesto a la renta las regalías que cobran autores y traductores. Y en su articulado no hay ninguna regla de precio de venta al público, ni parecida al precio fijo español ni al precio único mexicano: donde esas dos leyes del libro fijan lo que puede costar el libro, la peruana reparte exoneraciones.

Cómo se publica

Los trámites peruanos se hacen en un orden que no admite mucha variación, porque el primero condiciona al archivo que entra en imprenta y el tercero no puede empezar hasta que el libro esté editado. Los cuatro pasos, en ese orden:

  1. Número de registro de depósito legal, en el Sistema Informático de Registro Nacional de Depósito Legal, el SIRNADEL. Se crea la cuenta y se completa el formulario antes de imprimir o publicar, y el número se asigna de forma gratuita. Con él en la mano ya se puede cerrar la maquetación, porque es uno de los datos que el libro tiene que llevar impresos.
  2. ISBN y código de barras, que se piden juntos en el sistema en línea RISBN de la Biblioteca Nacional y se pagan juntos: 37 soles por la asignación. Se completa la ficha del título, se entra al módulo de trámites y se adjuntan el comprobante de pago y la cubierta, la portada, la hoja de créditos y el índice en JPG o PDF. Si todo está correcto, el sistema genera el número en tres días hábiles. Sólo lo piden editores y autores-editores: un impresor o un distribuidor no puede.
  3. Entrega de los ejemplares, dentro de los noventa días hábiles contados desde el último día hábil del mes y año de la edición. Son cuatro ejemplares de cada libro, folleto y similares, y una sola versión final del libro electrónico. Se llevan a la mesa de partes de la Biblioteca Nacional en San Borja o a un centro de acopio, y los digitales se suben por el propio SIRNADEL. El certificado llega a la casilla electrónica en un máximo de veinte días hábiles desde la entrega.
  4. Registro de la obra en Indecopi, que es voluntario y va aparte de todo lo anterior. Qué añade y qué no, en registro de la propiedad intelectual.

Hay un quinto paso que sólo interesa a quien vaya a pedir beneficios tributarios: la constancia de proyecto editorial de la Biblioteca Nacional, un trámite gratuito para editores con ingresos netos anuales de hasta 150 UIT. Se inscribe el proyecto, se dispone de un año como máximo para ejecutarlo y la constancia se expide en veinte días hábiles; para pedirla hay que tener antes los certificados de depósito legal y de ISBN de las publicaciones del proyecto.

Para vender, las vías son las del resto del mundo hispanohablante con una diferencia que sí depende del país, y en contra: un editor peruano no puede abrir cuenta de vendedor en Google Play Libros, que de los mercados hispanohablantes sólo la admite en España, México y Argentina. Lo que admite cada casa está en la comparativa de plataformas.

Qué cuesta y qué se cobra

Los trámites de un libro peruano se pagan uno a uno, y el único que obliga no se paga. Éstas son las tarifas vigentes, en soles, con el depósito legal al principio porque es el primero y no cuesta dinero:

Concepto Importe Quién lo cobra
Depósito legal, número y entrega Gratuito, 4 ejemplares Biblioteca Nacional
ISBN y código de barras, por formato 37,00 Biblioteca Nacional
Registro de obra literaria, en línea 90,10 Indecopi
Registro de obra literaria, presencial 238,10 Indecopi
Constancia de proyecto editorial Gratuita Biblioteca Nacional

Un autor-editor que publica sólo en papel sale por 37 soles de trámites; si además registra la obra por internet, por 127,10. El mismo título en papel y en digital son dos números, así que hay que sumar otros 37. Los cuatro ejemplares del depósito no llevan tasa, pero se imprimen y se pagan como cualquier otro de la tirada. El desglose de todo lo demás —corrección, maquetación, cubierta— está en cuánto cuesta publicar un libro y no cambia con la frontera.

Del lado de lo que se cobra hay dos exoneraciones del país y una resta que no lo es. La primera exoneración es la del IGV: la Ley 31893 incorporó los libros y los productos editoriales afines al apéndice de bienes exonerados del impuesto, de modo que el precio de portada va entero y no hay que descontar impuesto indirecto de la venta. La segunda es la del impuesto a la renta sobre las regalías por derechos de autor que perciben autores y traductores, nacionales y extranjeros, por libros y productos editoriales afines; tiene fecha de caducidad escrita en la propia ley, tres años contados desde el 1 de enero de 2024, es decir los ejercicios 2024, 2025 y 2026. Y antes que todo esto llega la resta que no es peruana: quien vende en Amazon KDP sin haber facilitado su identificación fiscal cobra el 70 % de los pagos de origen estadounidense, porque esa retención la fija Estados Unidos.

Cuándo conviene

Ningún autor elige el circuito por el que publica —la agencia del ISBN atiende a los editores de su territorio—, pero al peruano le tocan tres ventajas que sí cambian sus cuentas.

La primera es que la tarifa del ISBN es una sola y cubre el número y el código de barras a la vez, mientras que en Chile el código se cobra aparte y en Argentina hay además un alta de autor-editor que se paga antes de pedir el primer número; y el único trámite que obliga, el depósito legal, no tiene tasa. La segunda es la velocidad, porque la agencia peruana publica un plazo de tres días hábiles para generar el número, frente a los diez de la mexicana. Y la tercera es la exoneración del impuesto a la renta sobre las regalías, que mientras dure hace que lo que paga una editorial por derechos de autor llegue al autor sin ese descuento, y la ley la extiende por igual a autores y traductores nacionales y extranjeros, domiciliados y no domiciliados en el país. México también exonera esos ingresos, pero sólo hasta veinte unidades de medida y actualización al año y sólo cuando se cobran por permitir a un tercero la publicación de la obra.

Cuándo no conviene

El orden de los trámites es la ventaja al revés, y quien publica por su cuenta suele descubrirlo tarde. El número de depósito legal se pide antes de imprimir y va impreso en el libro, así que no hay forma de dejarlo para el final: un archivo cerrado sin ese dato hay que reabrirlo, y las multas de la ley van de 0,2 a 1,2 UIT según la gravedad —entre 1.100 y 6.600 soles con la UIT de 2026, fijada en 5.500—, sin que valga corregir la omisión con una pegatina ni a mano. En una impresión bajo demanda los cuatro ejemplares del depósito se imprimen y se pagan como cualquier otro.

Tampoco conviene dar por hecho el acceso directo a las tiendas grandes. Un residente en Perú no puede abrir cuenta de vendedor en Google Play Libros y tiene que entrar por un agregador, cuya parte se resta antes que la de la tienda: son dos comisiones encadenadas sobre el mismo ejemplar, y las dos hay que descontarlas antes de decidir la cifra de portada, como explica poner precio a un libro.

Y no conviene apoyar un plan de ingresos a varios años en la exoneración del impuesto a la renta. Es la mayor ventaja fiscal que tiene hoy un autor peruano y la única de esta ficha con fecha escrita en la propia ley, tres años desde el 1 de enero de 2024. Quien proyecte más allá de 2026 tiene que mirar antes si se ha prorrogado, y hacer las cuentas de ese año en adelante como si no existiera mientras no lo confirme.

Y hay un caso en que conviene parar antes de empezar: el del autor que firma con una editorial. Ahí el ISBN, el código de barras, el depósito legal y las obligaciones que arrastran son de quien edita, no suyas, y pagarlos por su cuenta es la señal más clara de que el contrato no es el que parece. Qué tiene que asumir cada parte está en contrato de edición, y la decisión de fondo es la misma en Lima que en Madrid: se resuelve en cómo publicar un libro antes de mirar ninguna ventanilla.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir el ISBN peruano si no vivo en Perú?
La agencia de cada país atiende a quienes publican desde su territorio, así que quien reside fuera pide el número a la agencia que le corresponde y no elige por tarifa. Dónde se venda el libro después es indiferente: un ISBN peruano sirve en cualquier mercado, y uno extranjero no impide vender en Perú.
¿Qué pasa si imprimo el libro sin el número de depósito legal?
El número forma parte de los datos que toda publicación tiene que consignar, así que un libro impreso sin él sale ya incumpliendo. La ley gradúa las multas de 0,2 a 1,2 UIT según la gravedad de la infracción, y con la UIT de 2026 en 5.500 soles eso son entre 1.100 y 6.600 soles. Corregirlo con una pegatina o a mano tampoco vale.
¿El ISBN es obligatorio en Perú?
La lista de datos que la Ley 31253 obliga a consignar en toda publicación no incluye el ISBN: lo que obliga por ley es el número de depósito legal. El ISBN se vuelve necesario por otras dos vías, que en la práctica lo hacen inevitable: sin él no hay librería ni tienda que ordene el libro, y la Biblioteca Nacional pide su certificado para expedir la constancia de proyecto editorial.
¿Necesito un ISBN distinto para el ebook?
Sí. La agencia peruana explica que el uso correcto del número permite diferenciar los formatos y las ediciones de un libro, sea impreso o digital, así que cada uno lleva el suyo. Dos formatos del mismo título son dos asignaciones y, por tanto, dos veces la tarifa de 37 soles.
¿El registro en Indecopi crea mi derecho de autor?
No. El Decreto Legislativo 822 dice que el registro es meramente facultativo y no constitutivo, que su omisión no perjudica el goce ni el ejercicio pleno de los derechos, y que la inscripción tiene carácter referencial y declarativo: es un medio de publicidad y de prueba de anterioridad, no el origen del derecho.
¿El reintegro del IGV es para el autor o para la editorial?
Para quien edita. La Ley 31893 se lo reconoce a las editoriales de libros, y sobre el IGV de las compras que van a producir el libro: bienes de capital, materia prima, insumos, servicios de preprensa electrónica y servicios gráficos. Un autor-editor que hace de su propia editorial entra por esa puerta, con la constancia de proyecto editorial de por medio.
¿La exoneración del IGV me la aplico yo?
La exoneración recae sobre la venta y la importación de libros, no sobre una persona, así que no hay nada que solicitar para que el libro se venda sin IGV. Lo que sí se solicita es el reintegro del IGV de las compras, y eso exige constancias de la Biblioteca Nacional y pasa por un contador.

Fuentes

  1. Ley 31253, que regula el depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú: ejemplares, datos obligatorios, plazo e infracciones
  2. Solicitar la constancia de depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú: condiciones, requisitos y pasos
  3. Biblioteca Nacional del Perú: costos y formas de pago del ISBN y el código de barras
  4. Biblioteca Nacional del Perú: procedimiento para solicitar el ISBN y el código de barras, con su plazo de atención
  5. Biblioteca Nacional del Perú: registro y constancia de proyecto editorial
  6. Registrar una obra en el Indecopi: tarifas del registro de obras literarias y plazo del trámite
  7. Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor, artículos 3, 170 y 171: el registro es facultativo y declarativo
  8. Ley 31893, artículos 12, 13 y 14: exoneración del IGV, reintegro tributario y exoneración del impuesto a la renta a las regalías
  9. Decreto Supremo 301-2025-EF: valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2026

Por Pepe Iglesias, edición